Nacionalidad Española Post-Mortem
La inscripción fuera de plazo tiene sentido en relación con personas que tengan Bisabuelo español originario y abuelo nacido fuera de España que pueda ser español originario, pero que no fue inscrito en el Registro Civil de España, así que en algunos casos resulta procedente. Los requisitos de una inscripción fuera de plazo o post-mortem son los siguientes: Que el abuelo o abuela haya nacido fuera de España del Bisabuelo Español Originario. Que el Bisabuelo no hubiera perdido o renunciado a la nacionalidad española antes de que nacieran sus Hijos. Que el abuelo no haya sido inscrito en Registro Civil del Consulado de España de su lugar de nacimiento. hay que tener en cuenta a la hora de promover una inscripción fuera de plazo o post-mortem lo siguiente: En el momento de nacer el Hijo, su padre seguira siendo español y la regulación vigente del Código Civil Español en ese momento se otorgar con la nacionalidad española de origen a los nacidos fuera de España pueden solicitar una inscripción fuera de plazo o Post-Mortem las siguintes personas: Cualquier persona con interés legítimo con Abuelos no Inscritos en el Registro Civil competente. el interés legítimo en cuando una persona “Resulta afectado, directamente en su estado bienes o derechos o sus herederos.” Según el Artículo 346 del RRC. Existe cuando en la inscripción de un Abuelo cuando, entre otros motivos, la beneficie o permita a la persona el poder acceder a la nacionalidad española concordando con la Ley de memoria democrática. ¿Dónde se debe presentar la solicitud de inscripción fuera de plazo o Post-Mortem? En el expediente sobre inscripción fuera de plazo o Post-Mortem resulta competente el Registro Civil donde se produjo el Nacimiento del Abuelo o Abuela. ¿Qué documentación resulta necesaria para tramitar la inscripción fuera de plazo o Post-Mortem? La lista varía según el caso, se recomienda asesorarse con un especialista que pueda orientar tu situación en cuestión. ¿Cuánto tarda en resolverse una inscripción fuera de plazo o Post-Mortem? Todo depende del Registro Civil en cuestión, del volumen de expedientes, de la complejidad del caso, de la manera que se haya presentado el Expediente, todo esto puede llevar un proceso de 3 meses hasta tres años.