Es una forma de mandato mercantil. Es muy parecido al mandato civil, ya que, aunque un mandato puede referirse a varias actividades, en el caso de la comisión mercantil, las actividades principales son comprar o vender por cuenta ajena. Derivado de lo anterior, el comisionista mantiene en su poder fondos y valores del comitente, de los cuales solo puede disponer apegándose a las instrucciones de este.
¿Quiénes intervienen (partes)?
Comitente: es la persona que otorga la comisión mercantil.
Comisionista: es la persona que desempeña la comisión mercantil. Es importante señalar que el comisionista, para desempeñar su encargo, no necesitará de un poder constituido en escritura pública. Siéndole suficiente recibirlo por escrito o de palabra; pero cuando haya sido verbal se debe ratificar por escrito antes que el negocio concluya.